Los profesionales afiliados a la Caja con su cuota al día (activos), tendrán acceso a los beneficios establecidos por la Ley Nº 7.110, que establece la creación y funcionamiento de la Caja.

Casos en los que se otorga prestación:

Tienen derecho a la jubilación ordinaria los afiliados que:

    • hubieren cumplido como mínimo sesenta y cinco (65) años de edad.
    • acrediten treinta (30) años de afiliado con aportes en la Caja o por reciprocidad con otras cajas con las que se firmen convenios.

Debe descargar el modelo de solicitud correspondiente:

Tienen derecho a la jubilación por invalidez permanente, cualquiera fuere su edad y antigüedad en la afiliación, los afiliados que:

    • queden incapacitados física y/ o intelectualmente en forma total y permanente para el desempeño de la profesión, con posterioridad al acto formal de afiliación.
    • se encuentren formalmente afiliados y en pleno derecho de su condición de tal, a la fecha en que se produzca la incapacidad.

Puede descargar el formulario de solicitud aquí: Form-Beneficio-por-discapacidad

    • Tendrán derecho a la prestación por pensión, los derechos habientes del afiliado que falleciere estando en actividad o gozando de la prestación de jubilación ordinaria o de las prestaciones por invalidez permanente.

La nota de solicitud de beneficios debe ser presentada junto a la siguiente documentación:

    • Fotocopia de D.N.I (derecho y revés)
    • Copia de impuesto o servicio que certifique el domicilio del titular

Puede descargar el formulario para solicitar el beneficio aquí: Form-Beneficio.-Pension-por-Defuncion

Toda la documentación deberá ser presentada vía mail a la siguiente dirección: administracion@ccemza.com.ar

OTROS SERVICIOS

Por otro lado, la Caja establece acuerdos y convenios con diversas entidades para puedan brindar servicios de interés de sus afiliados. Conócelos acá