Los profesionales afiliados a la Caja con su cuota al día (activos), tendrán acceso a los beneficios establecidos por la Ley Nº 7.110, que establece la creación y funcionamiento de la Caja.
Casos en los que se otorga prestación:
Tienen derecho a la jubilación ordinaria los afiliados que:
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- hubieren cumplido como mínimo sesenta y cinco (65) años de edad.
- acrediten treinta (30) años de afiliado con aportes en la Caja o por reciprocidad con otras cajas con las que se firmen convenios.
Debe descargar el modelo de solicitud correspondiente:
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- En caso de que continúe ejerciendo la profesión: Form-Beneficio-con-labor
- En caso de que no continúe ejerciendo la profesión: Form-Beneficio-sin-labor
Tienen derecho a la jubilación por invalidez permanente, cualquiera fuere su edad y antigüedad en la afiliación, los afiliados que:
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- queden incapacitados física y/ o intelectualmente en forma total y permanente para el desempeño de la profesión, con posterioridad al acto formal de afiliación.
- se encuentren formalmente afiliados y en pleno derecho de su condición de tal, a la fecha en que se produzca la incapacidad.
Puede descargar el formulario de solicitud aquí: Form-Beneficio-por-discapacidad
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- Tendrán derecho a la prestación por pensión, los derechos habientes del afiliado que falleciere estando en actividad o gozando de la prestación de jubilación ordinaria o de las prestaciones por invalidez permanente.
La nota de solicitud de beneficios debe ser presentada junto a la siguiente documentación:
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- Fotocopia de D.N.I (derecho y revés)
- Copia de impuesto o servicio que certifique el domicilio del titular
Puede descargar el formulario para solicitar el beneficio aquí: Form-Beneficio.-Pension-por-Defuncion
Toda la documentación deberá ser presentada vía mail a la siguiente dirección: administracion@ccemza.com.ar
OTROS SERVICIOS
Por otro lado, la Caja establece acuerdos y convenios con diversas entidades para puedan brindar servicios de interés de sus afiliados. Conócelos acá